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Así afecta a los puertos el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono

¿Cómo se evita la fuga de industrias energéticamente intensivas por los sobrecostes productivos que derivan del Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE)? La Unión Europea obligará a que determinados bienes importados deban pagar también por sus emisiones de carbono. Esta nueva obligación implica una carga burocrática adicional para los importadores y puede suponer un aumento de costes, así como pérdidas de competitividad.

Publicado el 04.04.2024
El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono pretende evitar las fugas industriales a países con políticas climáticas menos estrictas que las de la UE (Puerto de Amberes-Brujas / FP)

Obligación informativa hasta finales de 2025

Las compañías importadoras de mercancías sujetas al Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM por sus siglas en inglés) ya han presentado su primer informe trimestral.

En él han tenido que notificar las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) incorporadas a sus importaciones (emisiones directas e indirectas) correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023. Hasta el 1 de enero de 2026, esta nueva obligación será meramente informativa, sin necesidad de realizar ningún pago o ajuste financiero.

A partir de 2026, los importadores tendrán que declarar (de forma anual y ya no trimestral) la cantidad de mercancías importadas en la Unión Europea el año anterior y las emisiones de gases de efecto invernadero implícitas.

En función de estas declaraciones, que afectan a toda la cadena de suministro, los importadores deberán adquirir un número de certificados CBAM correspondientes a estas emisiones. Cabe destacar que los importadores son los principales responsables de estas declaraciones y quienes deben ocuparse de contactar con todos los fabricantes y proveedores implicados.

A partir de 2026, los importadores tendrán que declarar anualmente la cantidad de mercancías importadas en la UE y las emisiones de gases de efecto invernadero implícitas (IA/PierNext)

Objetivo: evitar la fuga de las industrias

La implementación del CBAM tendrá lugar de forma paralela a la eliminación progresiva de la asignación gratuita de derechos de emisión de las industrias europeas, en el periodo 2026-2034. Su razón de ser es evitar la fuga de las industrias sujetas al Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE (RCDE UE), aquellas que deben adquirir derechos por sus emisiones, hacia otros países con políticas climáticas menos estrictas.

En este sentido, los precios de los certificados CBAM se calcularán en función del precio medio semanal de subasta de los derechos de emisión del RCDE UE, expresado en euros/tonelada de CO2 emitida. 

La puesta en marcha del CBAM ya ha levantado las primeras reacciones.

En un artículo publicado por la agencia EFE, Núria del Pozo y Elvira Carles han advertido que “el camino hacia la implementación efectiva del CBAM no va a ser fácil”. La responsable legal y la directora de la Fundación Empresa & Clima, respectivamente, señalan que “uno de los principales obstáculos es la carga burocrática adicional impuesta a los importadores, que puede convertirse en un aumento de costes, así como en pérdida de competitividad”.

En esta misma línea, el investigador en transición energética del Port de Barcelona Maurici Hervas, coincide en indicar que “el transporte internacional puede verse afectado por la aplicación del CBAM, resultando en una disminución del comercio global con la UE de los productos bajo el umbral de este mecanismo y sus productos elaborados”.

“Esta disminución", argumenta el experto del Port de Barcelona, "tendrá dos raíces: el incremento del precio final de los productos, que redundará en una disminución de la demanda, y la pérdida de competitividad exportadora transitoria de la UE”.

El transporte internacional puede verse afectado por la aplicación del CBAM, con una disminución del comercio global con la UE (FP).

Pérdida de competitividad o ventaja a largo plazo

En referencia a la posible pérdida de competitividad de los países de la UE, Hervas indica que cuanto mayor sea el “diferencial temporal entre las medidas de la UE y las medidas a nivel global, o al menos de los principales países competidores, más se resentirá la competitividad europea y, por tanto, sus exportaciones en un primer momento y las importaciones si ello se consolida en contracciones del PIB”.

Sin embargo, el investigador del Port de Barcelona destaca que “la medida puede resultar en una ventaja competitiva a largo plazo al incentivar la innovación y el despliegue de procesos productivos de bajas emisiones que acabarán siendo atractivos a nivel global”.

Otras dificultades añadidas descritas por Del Pozo y Carles son “la limitación en la disponibilidad de datos, la posible percepción de colonialismo verde por parte de los países en desarrollo, la quiebra de la confianza en el marco de las negociaciones climáticas internacionales, tensiones comerciales y disputas en la Organización Mundial del Comercio (OMC)”.

De hecho, Brasil, Sudáfrica, la India y China (países conocidos por las siglas BASIC) ya han presentado una declaración conjunta afirmando que las “medidas unilaterales” y las “prácticas discriminatorias” como los impuestos al carbono en frontera deben ser evitados.

 

Brasil, Sudáfrica, la India y China afirman que las “medidas unilaterales” y las “prácticas discriminatorias” como los impuestos al carbono en frontera deben ser evitados (IA/PierNext).

Los bienes implicados

Inicialmente, el CBAM se aplica únicamente a las importaciones de determinados bienes y precursores seleccionados cuya producción es intensiva en carbono y presenta el mayor riesgo de fuga. Estos son el cemento, el hierro y el acero, el aluminio, los fertilizantes, el hidrógeno y la electricidad. El actual periodo transitorio, hasta que no entre en vigor la obligatoriedad de tener que adquirir los certificados, servirá para evaluar la viabilidad de incluir otros bienes producidos en sectores cubiertos por el RCDE. Algunas de las importaciones que podrían verse afectadas son las de los productos químicos y polímeros, el petróleo y del gas.

Existen algunas exenciones, como los envíos inferiores a 150 euros (exención que se quiere modificar para ser cuantificada en kilos en lugar de por su valor económico), a mercancías que vayan a utilizarse en el territorio de actividades militares de la OTAN, y a aquellas originarias de determinados países previstos en el Anexo III del Reglamento (Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza), así como de algunos territorios, como Ceuta y Melilla, entre otros.

En el siguiente enlace del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se explica cómo cumplimentar el informe trimestral CBAM

Desde el punto de vista de China, el CBMA es una medida proteccionista, que ataca al libre comercio, perjudicando las cadenas de suministro globales (FP).

¿Qué está haciendo el resto del mundo?

Como se ha comentado, el grupo BASIC (Brasil, Sudáfrica, la India y China) ha emitido una declaración conjunta señalando que el CBAM traslada injustamente a los países en desarrollo la responsabilidad de la reducción de las emisiones, que entienden debería recaer en los países desarrollados dadas sus emisiones históricas. Desde el punto de vista de China se trata de una medida proteccionista, que no cumple con las normas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y ataca al libre comercio, perjudicando las cadenas de suministro globales.

Otros países, en cambio, consideran que es una herramienta efectiva contra el cambio climático y están desarrollando sistemas similares. Es el caso del Reino Unido, que ha creado su propio arancel. Este entrará en vigor en 2027 y, a diferencia del CBAM, incluye las importaciones de vidrio y cerámica y excluye la electricidad. Canadá, Australia y Estados Unidos también se están planteando medidas similares.

El objetivo último del CBAM es fomentar una producción industrial más limpia no sólo en los países de la Unión Europea, sino también fuera de ella. De cumplirse, la UE lideraría y reforzaría su figura legisladora global en el ámbito de la mitigación del cambio climático.